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Capitulo 2007
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Capítulo México del Project Management Institute

R E G L A M E N T O  

Artículo I -Reuniones: 

El Presidente tendrá la responsabilidad de impedir que el nombre del Capítulo se use para designar o apoyar cualquier reunión o actividad que, a su juicio, no esté acorde con los objetivos del Capítulo o del P.M.I. 

A. Juntas de Consejo: 

  1. Objeto - El Consejo Directivo celebrará Juntas de Consejo programadas regularmente para cumplir con la función de liderazgo del Capítulo. Esta función de planeación se enfocará a los Objetivos del Capítulo detallados en el Estatuto. 
  2. Fecha -El Consejo Directivo convocará a Juntas de Consejo al menos trimestralmente, y establecerá las fechas para la celebración de dichas Juntas, así como de la Asamblea anual. 
  3. Ubicación -El Consejo Directivo seleccionará el local para la celebración de la Asamblea Anual y anunciará la hora, fecha y ubicación en un aviso enviado por correo a todos los miembros del Capítulo que llenen los requisitos establecidos por el Estatuto. 
  4. Quórum -El quórum del Consejo Directivo requerirá un mínimo de 50 por ciento de sus miembros para poder tomar decisiones sobre todos aquellos asuntos del Capítulo que requieran voto. Un quórum de los miembros del Capítulo estará conformado por un mínimo de 50 por ciento de los miembros que asistan a las Juntas del Capítulo programadas oficialmente.
  5. Mayoría -Una mayoría para la elección de funcionarios consistirá en el 51 por ciento o más de los miembros con derecho a voto presentes en la junta a que se haya convocado. 

B. Juntas Generales del Capítulo: 

  1. El Consejo Directivo realizará trimestralmente una Junta General del Capítulo, como mínimo, incluyendo la Asamblea Anual prevista en el Estatuto. El objeto de las Juntas Generales del Capítulo será realizar programas que promuevan los objetivos del Capítulo y del P.M.I.; de ellas será responsable la Vicepresidencia de Programas. 
  2. Juntas Especiales -Las juntas especiales serán convocadas y celebradas por los miembros individuales o grupos de miembros en cualquier fecha o lugar, en tanto que se cumplan las siguientes condiciones: 

    a) El Presidente del Consejo apruebe su celebración; 

    b) Se envíe notificación escrita, incluyendo el objeto, la hora, el lugar, el orden del día y los nombres de los principales participantes, al Vicepresidente de Comunicaciones con fines de distribución y registro antes de la fecha de la junta; 

    c) Cualquier material escrito que se vaya a utilizar o distribuir relativo a la junta y/o que lleve el nombre del Capítulo, se presente al Vicepresidente de Comunicaciones antes de su distribución o uso; y 

    d) En un plazo de una semana después del cierre de una Junta Especial del Capítulo, el miembro o grupo patrocinador proporcionará un reporte escrito al Vicepresidente de Comunicaciones que señale las actividades llevadas a cabo. 

Artículo II -Directivos: 

Generalidades: 

Todos los miembros del Consejo Directivo serán miembros activos del Capítulo. Los miembros del Consejo serán: un Presidente, el último Ex-presidente, un Vicepresidente de Afiliación, un Vicepresidente de Capacitación, un Vicepresidente de Tesorería y Finanzas, un Vicepresidente de Comunicaciones y un Vicepresidente de Programas. El Vicepresidente de Comunicaciones o, en su caso, el designado por el Presidente, ocupará el puesto de Presidente, si este puesto quedara vacante.

Los demás puestos vacantes serán designados por el Presidente con la aprobación unánime del Consejo Directivo. Cualquier miembro electo del Consejo podrá ser retirado de su cargo con la aprobación del sesenta (60) por ciento de los presentes en una Junta General de Miembros del Capítulo. Cualquier miembro del Consejo que no asista a tres (3) juntas consecutivas del Consejo Directivo podrá ser removido por el Presidente contando con la aprobación unánime del Consejo. 

Nominación, Elección y Ejercicio del Cargo: 

Los miembros del Consejo serán electos por mayoría de votos de los miembros activos del Capítulo que asistan a la Asamblea anual respectiva. Los directivos durarán en su cargo dos años, del día 1° de enero del año siguiente al de la elección al día 31 de diciembre del año subsecuente. Los directivos podrán prestar sus servicios únicamente por dos períodos consecutivos en el mismo cargo. 

El Presidente, con la aprobación del Consejo Directivo, designará a los miembros del Comité de Nominación, quienes deberán ser miembros activos del Capítulo. El Comité de Nominación será presidido por el último Ex-presidente o por un miembro activo designado por el Presidente, en caso de falta del último Ex-presidente. La nominación de los funcionarios la realizará el Comité de Nominación utilizando los procedimientos establecidos en el Capítulo V de este Reglamento. Las nominaciones también pueden presentarlas los miembros asistentes a la junta del Capítulo anterior a la Asamblea anual. 

Un miembro activo del Capítulo podrá votar para elegir a los directivos entregando directamente en la Asamblea su cédula de votación, o bien, mediante el envío de dicha cédula, con la anticipación requerida, al Vicepresidente de Comunicaciones, a fin de que sea considerada en la Asamblea. 

Responsabilidades de los funcionarios: 

Presidente 

El Presidente será responsable de todo el funcionamiento del Capítulo, y de tomar las medidas necesarias para que el Consejo Directivo del Capítulo trabaje coordinadamente como un equipo, dedicado a lograr la visión, misión y objetivos del Capítulo, según se detallan en el Estatuto. 

Funciones 

•  Programar, formular las órdenes del día y presidir las juntas de Consejo y las del Capítulo 

•  Dirigir las actividades de los demás miembros del Consejo hacia las metas y objetivos del Capítulo 

•  Designar a los miembros del Comité de Nominación a más tardar el día 1° de enero de los años de elección, con el fin de realizar las elecciones del Capítulo 

•  Designar a los miembros sustitutos del Consejo en los casos en que se originen vacantes, sometiendo la propuesta a la aprobación del Consejo 

•  Designar Comités y representantes de los Presidentes de Comité para formar equipos de trabajo, según se requiera, con la aprobación del Consejo 

•  Presentar anualmente al Vicepresidente de la Región I del P.M.I. una solicitud de renovación de la certificación (Charter) del Capítulo, de conformidad con la Cláusula 8-6 del Manual de Lineamientos y Políticas de los Capítulos del P.M.I. El Vicepresidente de Comunicaciones será el responsable de elaborar la solicitud 

•  Representar al Capítulo, o designar a un suplente adecuado, como miembro del Consejo de Presidentes de Capítulos (CCP) en las juntas de primavera y otoño, y colaborar en cualquiera de los subcomités del CCP que pudieran establecerse para conformar las políticas del CCP 

•  Elaborar informes mensuales para su presentación en las juntas del Consejo Directivo del Capítulo 

•  Mantener todos los registros permanentes del Capítulo, y entregarlos a su sucesor conforme se requiera 

Ex-presidente último (miembro ex-oficio del Consejo): 

Funciones 

•  El Ex-presidente último ayudará al Presidente en la coordinación con el P.M.I., cuando así se requiera 

•  Ayudar en la elaboración y conducción de cualquier proyecto especial, seminario o reunión como apoyo a otros miembros del Consejo, o en coordinación con cualquier gerente de proyecto designado para un proyecto específico que el Capítulo decida emprender

•  Presidir el Comité de Nominación, responsable de proponer la nominación de miembros del Consejo Directivo para el siguiente período 

Vicepresidente de Afiliación: 

El Vicepresidente de Afiliación será responsable de crear e instrumentar un plan de afiliación de nuevos miembros del Capítulo, que asegure su crecimiento continuo, mediante actividades intensas de reclutamiento y de participación de los principales empresarios y funcionarios públicos de México 

Funciones

•  Recopilar y mantener al corriente un archivo de los miembros del P .M.I. en el área de operación del Capítulo y solicitar su afiliación al Capítulo local 

•  Establecer y mantener una activa campaña de afiliación, incluyendo un plan bien documentado, y la liga con otros miembros del Consejo Directivo a fin de identificar oportunidades de captar nuevos miembros; proporcionar formas de solicitud de afiliación e información sobre el P.M.I. a los miembros potenciales 

•  Procesar todas las solicitudes de afiliación y elaborar una lista periódica de todos los miembros al Consejo Directivo, comunicándose con el P.M.I. y solicitándole toda la documentación que se requiera 

•  Crear una lista oficial de miembros del Capítulo y un registro de cuotas pagadas, y presentarlos al P.M.I. en septiembre de cada año para fines de facturación centralizada 

•  Establecer y mantener una campaña activa de afiliación de miembros corporativos del Capítulo 

•  Elaborar los reportes mensuales de afiliación para presentarlos en las juntas de Consejo Directivo del Capítulo 

•  Mantener un archivo permanente de las actividades de afiliación y reclutamiento del Capítulo, y turnar esta documentación a su sucesor, conforme se requiera 

Vicepresidente de Tesorería y Finanzas: 

El Vicepresidente de Tesorería y Finanzas será responsable de solicitar información a los miembros del Consejo Directivo, que permita formular las metas y objetivos financieros del Capítulo; de la elaboración de un plan financiero anual, así como del cobro y desembolso de los fondos del Capítulo 

Funciones 

•  Administrar todas las transacciones financieras del Capítulo, incluyendo el cobro de las cuotas del Capítulo al P.M.I., el pago de las cuotas correspondientes a juntas o eventos especiales del Capítulo, y el pago de todas las facturas del Capítulo, de conformidad con las instrucciones del Consejo Directivo del Capítulo 

•  Abrir y manejar las cuentas bancarias y demás activos financieros del Capítulo que 
sean requeridos, gestionando las firmas de Consejeros que se requieran, y la del. Vicepresidente Regional de Administración del P.M.I., en caso necesario 

•  Solicitar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y los registros Patronales del IMSS e INFONAVIT, si así se requiere, y presentar todas las declaraciones fiscales requeridas por ley 

•  Elaborar un presupuesto anual operativo y enviarlo al Consejo Directivo para que lo incluya en la solicitud anual de renovación del certificado (Charter) del P.M.I. 

•  Elaborar los estados financieros anuales del Capítulo y proporcionarlos al Consejo Directivo antes del 1° de Diciembre de cada año 

•  Actuar junto con el Vicepresidente de Afiliación para identificar a aquellos miembros que no estén al corriente de sus cuotas, y proporcionarles información sobre los asistentes a las juntas o reuniones, con el fin de ubicar nuevos miembros potenciales. Dar seguimiento a los miembros que no hayan pagado, para lograr el cobro o la retención 

•  Elaborar y presentar estados financieros mensuales al Consejo Directivo del Capítulo, ya los miembros en general en las Juntas Generales del Capítulo 

•  Mantener un archivo permanente de las operaciones financieras del Capítulo, y entregar toda la documentación a su sucesor, conforme se requiera 

Vicepresidente de Comunicaciones: 

El Vicepresidente de Comunicaciones es responsable de la divulgación oportuna de la información tanto a los miembros del Capítulo como respecto de los mismos, utilizando los medios necesarios para lograr este objetivo 

Funciones .

•  Prestar sus servicios como Presidente substituto y asumir las responsabilidades de este puesto sí, por cualquier motivo, el presidente electo no pudiere cumplir con sus responsabilidades y no hubiere nombrado sustituto específicamente 

•  Organizar subcomités con objeto de realizar invitaciones directas vía telefónica para la celebración de juntas, asistencia a diversos eventos. Informar al Vicepresidente de Programas de la asistencia esperada para que puedan reservarse los hoteles, restaurantes u otros locales 

•  Distribuir los programas por períodos de seis (6) meses, que muestren los eventos a celebrarse en cada mes 

•  Notificar a los miembros con no menos de diez (10) días de anticipación la celebración de las juntas especiales convocadas por el Presidente 

•  Notificar a los miembros con no menos de diez (10) días de anticipación, la celebración de todas las Asambleas y Juntas Generales del Capítulo 

•  Recibir del Vicepresidente de Afiliación y mantener actualizada, una copia de la lista de direcciones para utilizarla en caso que el Capítulo desee enviar por correo avisos, boletines informativos y el reporte anual 

•  Dar a conocer a los miembros todas las nominaciones para miembros del Consejo Directivo, al menos veintiún (21) días antes de la elección 

•  Monitorear y reportar acerca de los requerimientos de los miembros en general y de su reacción a los programas realizados por el Capítulo. Esto incluye la elaboración, análisis e informes sobre cuestionarios enviados y otros medios de evaluación 

•  Mantener un archivo de toda la correspondencia del Capítulo (actas de juntas, correspondencia, etc. ) 

•  Elaborar, obtener y distribuir la papelería y los materiales impresos del Capítulo 

•  Dirigir la elaboración del Reporte Anual del Capítulo y de la solicitud de Renovación del certificado (Charter) del Capítulo, para presentarla al Vicepresidente de la Región I, con copia a la oficina principal del P.M.I. Distribuir a todos los miembros el Reporte Anual del Capítulo 

•  Elaborar reportes mensuales para su presentación en las juntas del Consejo Directivo del Capítulo 

•  Mantener y entregar todos los registros permanentes al sucesor del puesto, conforme se requiera 
En lo referente a publicidad: 

•  Actuar como gerente de proyecto para establecer comités de voluntarios para la elaboración del boletín mensual, publicación de artículos y anuncios de actividades y programas del Capítulo 

•  Anunciar en periódicos y revistas las reuniones, seminarios, talleres y demás eventos organizados por el Capítulo 

•  Enviar regularmente información a PMI sobre las actividades del Capítulo, para su publicación en PMJ y PMNETwork 

•  Conjuntamente con el VP de Programas, elaborar avisos y boletines de juntas y presentarlos en las Juntas de Consejo 

•  Con la colaboración del Consejo en pleno, establecer un programa de premios para honrar y distinguir trabajos meritorios y de promoción del Capítulo 

Vicepresidente de Capacitación: 

El Vicepresidente de Capacitación será responsable de promover el profesionalismo en la gerencia de proyectos, a través del desarrollo de publicaciones educacionales, y realización de seminarios y talleres diseñados para ayudar a los Gerentes de Proyecto a lograr la certificación del P .M.I. como Profesionales en Gerencia de Proyectos (Project Management Professionals, PMP's) 

Funciones 

•  Ofrecer a los miembros talleres y seminarios profesionales diseñados para impulsar su desarrollo en el campo de la gerencia de proyectos 

•  Organizar y supervisar a un grupo de voluntarios encargado de la tarea de desarrollar e impartir un taller de preparación para el examen de certificación, que se ofrecerá trimestralmente 

•  Establecer el Capítulo como un sitio reconocido para exámenes de certificación 

•  Establecer y mantener una Biblioteca del Capítulo con material de lectura y publicaciones profesionales sobre Gerencia de Proyectos 

•  Trabajar conjuntamente con instituciones educacionales locales a fin de promover el profesionalismo en la gerencia de proyectos a través del P.M.I. y del Capítulo México 

•  Coordinar y mantener los módulos de talleres de preparación para la certificación, asegurándose de que los mismos reflejen los cambios realizados a la prueba de certificación del P.M.I. 

•  Junto con el Vicepresidente de Comunicaciones, promover activamente la asistencia pagada del público en general a los talleres y seminarios de GP organizados por el Capítulo 

•  Elaborar reportes mensuales para su presentación en las juntas del Consejo Directivo del Capítulo 

•  Mantener y entregar todos los registros permanentes al sucesor del puesto, conforme se requiera 

Vicepresidente de Programas: 

El Vicepresidente de Programas es responsable de elaborar y realizar los programas relativos a la gerencia de proyectos en cada Asamblea programada del Capítulo. El contenido de estos programas será consistente, estará de acuerdo con los objetivos del Capítulo, y contará con la aprobación del Consejo Directivo 

Funciones 

•  Elaborar los calendarios y agendas del programa mensual, incluyendo todas las actividades proyectadas del Capítulo para los siguientes seis meses, especificando orador, presentación de proveedores, etc., y proporcionarlos al Vicepresidente de Comunicaciones para su distribución 

•  Dirigir la presentación de seminarios especiales, juntas y exhibiciones de los proveedores que el Consejo Directivo del Capítulo considere sean de utilidad para los miembros, y cerciorarse de que las juntas del Capítulo no están en conflicto con la junta anual del P.M.I. 

•  Obtener información sobre futuros oradores invitados, al menos un mes antes de las juntas, para dar el tiempo adecuado al Vicepresidente de Comunicaciones para promocionar esos eventos 

•  Elaborar los avisos sobre programas y juntas para su publicación y distribución por parte del Vicepresidente de Comunicaciones 

•  Elaborar y mantener listas de participación de miembros individuales y colaborar con otros miembros del Consejo Directivo para determinar las áreas de interés de los miembros del Capítulo para incluirlas en los programas. Vigilar e informar sobre los requisitos, los niveles de participación y la retroalimentación de los miembros en 
general. Proporcionar la información para los informes anuales del Capítulo al P.M.I.

•  Hacer todos los arreglos logísticos para cada junta del Capítulo, y coordinar los requisitos de instalaciones con otros consejeros. Los arreglos requeridos incluyen: 

•  Organizar los asientos y las mesas 

•  Sincronización de eventos, incluyendo comidas, servicio a la mesa y refrescos

•  Entrega y devolución de equipos especiales tales como proyectores, micrófonos, rotafolios, etc. 

•  Elaborar los reportes mensuales para su presentación en las juntas del Consejo Directivo del Capítulo 

•  Mantener y entregar todos los registros permanentes al sucesor del puesto, conforme se requiera 

 

Artículo III -Finanzas:

A. Ejercicio Social: 

El ejercicio social del Capítulo será del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año 
calendario.

B. Presupuesto: 

El presupuesto del Capítulo se elaborará anualmente y será recomendado por el 
Vicepresidente de Tesorería y Finanzas al Consejo Directivo para su aprobación. El presupuesto anual para el siguiente año será presentado en forma de anteproyecto a más tardar para la junta programada del Consejo Directivo, inmediatamente anterior a la Asamblea anual del Capítulo. El presupuesto será aprobado en una reunión conjunta de los funcionarios entrantes y los salientes. Los funcionarios entrantes recibirán el presupuesto dos (2) semanas antes de esa reunión, lo revisarán y propondrán los cambios que se requieran y lo aprobarán 

C. Control Financiero: 

La contabilidad de las finanzas del Capítulo se ajustarán, en general, a los principios de contabilidad generalmente aceptados por el Instituto Mexicano de Contadores 
Públicos, A. C. El Vicepresidente de Finanzas presentará los estados contables periódicos al Consejo Directivo 

D. Desembolsos: 

El Vicepresidente de Finanzas controlará los desembolsos, salvo disposición en contrario del Estatuto o del presente Reglamento. Los miembros del Consejo de Administración tendrán individualmente autoridad para gastar sumas reducidas indispensables para desempeñar las obligaciones de sus cargos. En todo caso, los desembolsos se realizarán de conformidad con el presupuesto aprobado. Los desembolsos no deberán exceder el presupuesto del Capítulo aprobado en más de diez (10) por ciento, excepto con la aprobación del Consejo Directivo 

E. Cuotas: 

•  Las cuotas anuales de los miembros, miembros estudiantiles y miembros corporativos del Capítulo serán las que apruebe el Consejo Directivo. Los privilegios de los nuevos miembros empezarán el día en que sean aceptados por el P.M.I. y realicen el pago de las cuotas del P.M.I. y del Capítulo por el primer año 

•  Las facturas para el pago de las cuotas anuales del P.M.I. y del Capítulo serán enviados por P.M.I. a los miembros, a los miembros estudiantes ya los miembros corporativos antes de la fecha de aniversario respectivo, con base en la lista de miembros del Capítulo y vencerán en la fecha de aniversario 

•  Los miembros morosos recibirán recordatorios del Vicepresidente de Finanzas 

F. Autoridad para firmar cheques:

Todas las operaciones financieras del Capítulo que requieran un cheque de la cuenta del mismo deberán ser firmadas ya sea por el Presidente o el Vicepresidente de Finanzas. El Vicepresidente de Finanzas deberá llevar un registro de las 
operaciones financieras detalladas, que pondrá a disposición de cualquier miembro del Consejo, el Vicepresidente Regional o el P.M.I. a su solicitud 

 

Artículo IV -Miembros:

A. Morosidad: 

Los miembros, miembros estudiantes y miembros corporativos con pagos atrasados 
seis (6) meses se considerarán morosos y sus nombres se retirarán de la lista oficial de miembros del Capítulo. Un miembro moroso podrá reincorporarse al pagar totalmente las cantidades vencidas del año en curso.

"Los miembros activos" serán los miembros del Capítulo que hayan pagado tanto las cuotas del P.M.I. como las del Capítulo y que no aparezcan en la lista de Miembros del P.M.I. que no han pagado. En el caso de cuotas que hayan sido pagadas pero que no se hayan registrado, el miembro deberá proporcionar una verificación oral (de preferencia escrita) del P.M.I. que haga constar que se han recibido las cuotas, para poder ser considerado un miembro activo

B. Uso de la Lista de Miembros: 

La lista de miembros, miembros estudiantes, miembros corporativos y las solicitudes para ser miembro del P.M.I. deberán utilizarse únicamente para anuncios o solicitudes relacionadas con las operaciones autorizadas del Capítulo o del P.M.I. Las listas se pondrán a disposición únicamente de los miembros que han pagado sus cuotas y son para usarse únicamente de acuerdo a los objetivos del Capítulo y conforme lo dispuesto por el Consejo Directivo. Esta lista no podrá utilizarse para fines comerciales, no permitidos por la Constitución del P.M.I. Artículo V -Publicaciones:

A. Juntas de Consejo:

El Consejo Directivo del Capítulo elaborará y conservará las actas de juntas, las 
cuales documentará los procedimientos, los elementos de acción, la asistencia a 
las juntas y la información programada en las mismas. La responsabilidad primordial para asegurarse de la elaboración, presentación y distribución de las actas correrá a cargo del Vicepresidente de Comunicaciones. La distribución de las actas se hará a todos los miembros del Consejo, y las solicitudes de copias adicionales se considerarán caso por caso y únicamente si se formulan por escrito al Vicepresidente de Comunicaciones 

B. Boletín Informativo: 

Se publicará un boletín informativo del Capítulo para apoyar sus objetivos y los del P. M.I. Las políticas editoriales de la publicación serán dirigidas por el Consejo Directivo e instrumentadas por el Vicepresidente de Comunicaciones 

C. Memorias Anuales y Presentaciones Técnicas: 

El Vicepresidente de Programas hará una recopilación de los artículos técnicos de los miembros y/o de los oradores invitados, así como de las presentaciones orales que tengan lugar en las juntas del Capítulo para su distribución y/o inclusión en la Biblioteca de Capítulo 

El Vicepresidente de Comunicaciones coordinará la publicación y la distribución de la documentación adecuada 

D. Otras publicaciones: 

El Consejo de Administración autorizará otras publicaciones periódicas o únicas para su distribución a los miembros del Capítulo 

E. Biblioteca del Capítulo: 

Se establecerá una Biblioteca del Capítulo para dar servicio a los miembros. La documentación de la Biblioteca incluirá, más no se limitará, a un grupo completo de manuales, lineamientos, material de estudio, memorias de Simposiums y libros de texto del P.M.I. pagados por el Capítulo. La responsabilidad de la Biblioteca del Capítulo estará encomendada al Vicepresidente de Capacitación. La disponibilidad de la documentación para que los miembros la usen se establecerá mediante un sistema de préstamo aprobado por el Consejo Directivo 

 

Artículo V -Nominación, Elección y Ocupación del Cargo: 

A. Los miembros del Consejo Directivo del Capítulo serán electos por una mayoría de votos de los miembros del mismo que asistan a la Asamblea anual en los años de terminación impar. Los directivos prestarán sus servicios durante los dos años siguientes al de la elección, y c;:;on base en el calendario social ( del 1° de enero al 31 de diciembre). La nominación de nuevos directivos la realizará el Comité de Nominación, utilizando los procedimientos establecidos en el Estatuto. Las nominaciones también podrán realizarse por parte de los miembros en la Asamblea del Capítulo antes de la Junta de Consejo Anual correspondiente 

B. El Comité de Nominación se integrará por el Ex-presidente último, que será el Presidente del Comité, y por otros dos miembros activos del Capítulo designados por el Presidente actual. Si el puesto de Ex-presidente último está vacante o se rechaza, un miembro activo podrá ser designado por el Presidente para ocupar este cargo, con la aprobación del Consejo Directivo 

C. Ningún miembro del Comité de Nominación se incluirá en la designación de nom inatarios elaborada por este Com ité 

D. El Comité de Nominación establecerá los criterios para la selección de nominatarios, que incluirán los siguientes requisitos: 

•  Deseo de dedicar tiempo y esfuerzo como funcionario del Capítulo 

•  Un período suficiente como miembro del P.M.I.

•  Experiencia como gerente de proyectos

•  Atributos personales idóneos 

E. El Comité de Nominación presentará su recomendación a la junta del Consejo Directivo del Capítulo que preceda la Asamblea Anual en los años de elecciones y elaborará las cédulas de votación por escrito para las elecciones en dicha Asamblea  Anual. El Comité de Nominación también será responsable de vigilar la administración del proceso electoral y de reportar los resultados al Consejo Directivo existente para su instrumentación y traspaso de responsabilidades

F. Las cédulas de votación, acompañadas de un sobre anónimo, un sobre de envío, con porte pagado, y las instrucciones correspondientes, serán enviadas por el Comité de Nominación a todos los socios activos, con un mes de anticipación, cuando menos, a la fecha de la Asamblea anual en que se hará la elección 

 

Artículo VI -Modificaciones: 

Las modificaciones a este Reglamento sólo podrán realizarlas el Consejo Directivo del Capítulo. Los miembros del Capítulo podrán solicitar al Consejo Directivo que considere las modificaciones aprobadas por una votación mínima del 50 por ciento de los miembros del Capítulo que asistan a la Asamblea Anual o a una junta de Consejo especial en la que exista quórum. Entonces el Consejo revisará y votará sobre la petición en la siguiente Asamblea programada y los resultados se comunicarán al Capítulo en la siguiente Asamblea

 

     



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